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Castigos que recoge la RFEF en caso de demostrarse un amaño

Según recoge el artículo 75 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), cualquier acto que tenga como consecuencia el amaño y el acuerdo de los resultados de un partido será considerado como «infracción muy grave«, con sanciones que van desde los dos a los cinco años de inhabilitación para los autores y la reducción de seis puntos a los clubes implicados, además de la nulidad del partido o partidos en cuestión.

Además, el club o clubes beneficiados también podrán ser sancionados con la pérdida de categoría en caso de demostrarse su vinculación tal y como nos cuenta El País.